Red Informativa de Integración Social /Educativa y Cultural sin fines de lucro con Registro de Incorporación acreditada en el Estado de Utah. Tiene como principal propósito la de trabajar en la defensa de los derechos humanos e integra y organizar a la comunidad peruana en Salt Lake City Utah. Promoviendo en todo momento las iniciativas culturales de la comunidad,siendo el " Lazo de Integración " con, las diferentes Redes de Peruanos e HispanoAmericanas en el Mundo.
lunes, 18 de julio de 2011
Por negocios, placer o tratamiento médico
Visas B-1 y B-2 para visitantes temporales
Las visitas temporales a Estados Unidos en viajes de placer, para hacer negocios o por motivos médicos tienen sus categorías de visas específicas. A menos que el extranjero sea ciudadano de un país que participe en el Programa Visa Waiver Program, requerirá sacar una visa para poder entrar a Estados Unidos y permanecer allí por un tiempo contado y determinado según los motivos que impulsen su viaje. La visa que lo cobijará es la tipo B para visitantes temporales. Esta se divide en dos subcategorías: la B-1 para aquellos en viajes de negocios y la B-2 especial para turistas y personas que vayan a Estados Unidos para recibir tratamiento médico. Ambas son del tipo no inmigrante y las personas bajo este visado no pueden aceptar empleo durante su estadía.
Es importante aclarar que los viajes de negocios se remiten a actividades tales como asistir a reuniones, entrenamientos y conferencias, no para iniciar un negocio propio o realizar transacciones de negocios de su empresa, ni para trabajar para una empresa estadounidense. De hecho, se da por sentado que la persona que llega a Estados Unidos bajo una B-1, en viaje de negocios, trabaja para una empresa extranjera.
Los visitantes que portan la visa B-2 tampoco pueden realizar ninguna actividad de negocios. La vigencia de ambas visas es de hasta diez años, pero el tiempo de estadía otorgado al extranjero al entrar a Estados Unidos será el designado por el oficial de inmigración en el puerto de entrada. Dependerá del motivo del viaje que exponga la persona y del tiempo que tiene pautado pasar en tierra estadounidense. Sin embargo, la estadía máxima que con esta visa puede dar el oficial es de seis meses. Es decir, le puede otorgar una semana, tres meses, etc. con un límite de 180 días. Este tiempo de estadía es independiente de la vigencia que tenga la visa estampada en el pasaporte, que puede ser de hasta 10 años, ya que ese período sólo indica que la persona puede tener múltiples entradas al país durante ese lapso. La simbología utilizada para estas visas es: B-1 Visitante temporal por negocios, B-2 Visitante temporal por placer y B-1/2 Visitante temporal por negocios y placer.
Las visas B-2 (turismo o tratamiento médico) se suelen otorgar de una sola entrada, para una visita puntual y por el tiempo que la persona diga requerir, o múltiple para varias entradas y, aunque su máxima vigencia es de 10 años, generalmente son otorgados por cuatro o cinco años.
Requisitos para sacar las visas B
Las condiciones previas para solicitar una visa de visitante temporal tipo B difieren según el país, pero el procedimiento para otorgarla o negarla es el mismo. En algunos países se deben hacer citas telefónicas, pagar una suma previa antes de poder obtener una cita o piden a las personas ir directamente al consulado o embajada estadounidense. Sin embargo, apenas esté el aspirante a la visa en el recinto consular, el proceso es igual en todos los países. Y también son idénticos los requisitos que deben presentarse.
Cada solicitante debe pagar la cantidad no reembolsable de $140 para solicitar la visa (el monto también puede variar) y presentar:
1- El formulario DS-160 online. Hay que llenarlo vía Internet, imprimir la página de confirmación para presentarla en la entrevista, que se debe haber hecho previamente. Se accede y llena aquí: https://ceac.state.gov/genniv.
2- Un pasaporte válido para viajar a Estados Unidos, con una fecha de vigencia que exceda al menos en seis meses el lapso de tiempo que la persona desea quedarse en Estados Unidos. Es decir, seis meses por encima de la fecha en que la persona se irá del país, luego de su estadía. Si hay más de una persona incluida en el pasaporte, cada aspirante a la visa debe llenar una solicitud aparte.
3- Una foto 2x2 (pulgadas ó 5 cm x 5 cm) de cada solicitante, que muestren la cara completa (sin ningún tipo de cobertura en la cabeza), contra un fondo de color claro. Es vital que las fotos sean tal como se piden. Ver detalles de fotos aquí: http://travel.state.gov/visa/temp/info/info_1287.html.
Si la visa es aprobada y emitida, puede haber un importe adicional a pagarse, según acuerdos de reciprocidad entre Estados Unidos y otros países. En el caso de haber una tarifa para la emisión de una visa, la cifra será lo más cercana posible a la que se le cobra a un ciudadano estadounidense para ser admitido en el país de nacionalidad del aspirante. Hay que chequear con la embajada de Estados Unidos del país donde vive para verificar procedimientos y costos adicionales si aplica.
Quienes soliciten una visa de turismo y/o negocios deben demostrar que califican bajo las regulaciones establecidas en el Acta de Inmigración y Nacionalidad. La ley presupone que todo aquel que solicite una visa de visitante tiene intenciones de inmigrar a los Estados Unidos y quedarse a vivir. De modo que es tarea del aspirante a la visa demostrar lo contrario al probar que:
1- El propósito de su viaje es entrar a Estados Unidos por razones de negocios, placer o tratamiento médico.
2- Que planea quedarse por un período de tiempo limitado y específico.
3- Que tiene una residencia fuera de Estados Unidos, así como lazos en el país donde vive lo suficientemente fuertes como para asegurar su regreso al finalizar su visita a Estados Unidos.
4- Que tiene solvencia económica o tiene acceso a recursos que le permitan costearse su viaje a Estados Unidos.
Los documentos y pruebas a presentarse para demostrar lo anterior varían de país a país, pero a continuación se listan algunos de los más comunes:
Cartas y constancias
Si se viaja con fines de negocios se puede presentar una carta hecha por la empresa estadounidense, con la cual se tiene la relación de negocios, en la cual se indique el objetivo del viaje, el tiempo a permanecer en Estados Unidos y la intención de esa organización de correr con los gastos del viaje.
Para los viajes de placer, se pueden presentar cartas de familiares, parientes o amigos que viven en Estados Unidos a quienes se pretende visitar. Es útil, igualmente, presentar la confirmación de la participación en un tour previamente planificado.
Si el viaje es para recibir tratamiento médico, se debe adjuntar una constancia del médico o institución relacionados al tratamiento médico propuesto.
Solvencia económica
Quienes no tengan suficientes recursos económicos para cubrir los costos de su estadía en Estados Unidos deben presentar evidencia convincente de que una persona interesada les apoyará financieramente. Se puede hacer mediante una carta en la que se especifique que se hará cargo de los gastos del aspirante a la visa y en ciertos casos deberá adjuntarse una constancia bancaria o una copia de la declaración de impuestos.
Si la persona cuenta con recursos para cubrir su viaje y estadía, deberá presentar constancias bancarias que así lo comprueben.
En algunas embajadas piden que se presente un pasaje de ida y vuelta y hasta la confirmación de reservación del hotel donde la persona se hospedará, si se trata de una visa de turismo.
Pruebas de lazos fuertes en su país
En general, antes de otorgar la visa, el oficial consular quiere estar seguro de que la persona tiene lazos lo suficientemente fuertes en su país de residencia como para no decidir quedarse a vivir en Estados Unidos y ciertamente partir de este país apenas se venza su estadía. Las circunstancias individuales de los aspirantes varían, por ello el oficial puede requerir ciertas evidencias, ajustadas a cada caso, que demuestren ataduras al país de residencia. Ejemplo de éstas son: constancias de estudios (de la persona o de hijos enrolados en la escuela o universidad si viaja con ellos), de trabajo (con especificación de tiempo en la empresa), copias de contratos de alquiler, de títulos de propiedad de vivienda, automóviles, pruebas de lazos familiares (copias de actas de matrimonio si la persona es casada y viaja sola; partidas de nacimiento de los hijos si no viaja con ellos, etc.), recibos de servicios básicos actualizados (electricidad, teléfono, gas, etc.), entre otras. Esta parte del proceso es muy importante, pues si el oficial no queda convencido con las explicaciones y pruebas presentadas por el aspirante, puede negarle la visa aunque la persona cumpla con los demás requisitos.
Este tipo de visas debe solicitarse en la embajada o consulado estadounidense del país donde viva el aspirante. Aunque pueden pedirse en esas mismas oficinas consulares en otro país, generalmente el trámite suele ser más complicado y la obtención de la visa puede dificultarse si se solicita en un país distinto al de su residencia. Las visas B-1 y B-2 pueden ser solicitadas directamente por la persona interesada sin necesidad de intermediarios.
Se recomienda llamar a la embajada o consulado estadounidense que le corresponda y pedir una lista de los requisitos que deben presentarse para solicitar la visa. Sólo así la persona irá a su entrevista con todos los recaudos y pisando terreno más firme.
La entrevista para indagar el motivo del viaje
Además de tomar en cuenta los requisitos mostrados por el solicitante, el oficial consular considerará también el motivo de su viaje y le hará una breve entrevista, generalmente mientras revisa los documentos, para escuchar la explicación en las propias palabras del aspirante. Si al conducir esta entrevista el oficial no queda completamente satisfecho con las respuestas del solicitante, ésta puede ser una razón para negarle la visa, aunque cumpla con todos los demás requisitos. Es importante, entonces, contestar en forma correcta y sincera a todas las preguntas, amén de mostrar seguridad y ser convincente. Es vital decir la verdad. Si el oficial descubre que el aspirante está mintiendo o se contradice, le puede negar la visa de facto.
También le pueden denegar la visa de forma permanente o prohibir la entrada de por vida a Estados Unidos si el oficial descubre el uso deliberado de documentación falsa o fraudulenta para obtener la visa.
Cuando una visa es negada, la persona puede solicitarla nuevamente si logra añadir evidencia suficiente que le ayude a superar e invalidar las razones por las cuales se la negaron. Los oficiales consulares no tienen la obligación de reconsiderar un caso si no se presenta esa evidencia.
Una visa es válida hasta su fecha de expiración a menos que sea cancelada. Por lo tanto, si alguien tiene una visa todavía vigente en un pasaporte que ya ha expirado, la puede seguir usando con sólo anexar el pasaporte viejo al nuevo cada vez que viaje a Estados Unidos.
Si la persona ya ha tenido visa, pero se encuentra vencida, debe indagar sobre ciertos procedimientos especiales más expeditos que comúnmente ofrecen las embajadas y consulados estadounidenses para emitir nuevas visas.
Tener visa no garantiza entrada a Estados Unidos
Portar una visa y llegar a Estados Unidos no es garantía de que dejarán pasar a la persona. Esta deberá exponer el motivo de su viaje y contestar las preguntas del oficial del US Citizenship and Immigration Services que le atienda en el puerto de entrada. Queda a discreción de este oficial permitir la entrada y otorgar el tiempo de estadía que, de acuerdo al tipo de visa y motivo del viaje, crea conveniente. Exagerar sobre el tiempo que desea quedarse sin justificación creíble puede hacer que el oficial sospeche y le dé menos tiempo del requerido. Es importante, pues, mantener la serenidad, exponer el motivo del viaje claramente y responder únicamente lo que el oficial pregunte.
Para mayor información llame a la embajada o consulado estadounidense en su país, conéctese al website del US Citizenship and Immigration Services: www.uscis.gov o al del Departamento de Estado de Estados Unidos: http://travel.state.gov/visa/temp/types/types_1262.html (en inglés).
Fuentes: US Citizenship and Immigration Services, Servicios de Visas del Departamento de Estado de Estados Unidos.
Maclovia Perez
801-833-2793
Fundadora,Coordinadora Red de Peruanos en Utah*USA*
E-mail:redperuenutah@gmail.com
http://redperuenutah.blogspot.com
Corresponsal Red Democratica del Peru
(1998-2011..)
http://groups.yahoo.com/group/eleccion
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