Más de 750 mil peruanos votarán en el extranjero
La población electoral peruana en el extranjero asciende a 754 mil 154 y la más numerosa reside en Estados Unidos con 240 mil 565 electores inscritos en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
De acuerdo al Boletín Estadístico Población Electoral para las Elecciones Generales 2011, los electores peruanos residentes en el extranjero están ubicados en los cinco continentes del orbe.
Conforme a la cantidad de electores, 489 mil 563 viven en el continente americano, 229 mil 324 en Europa, 31 mil 852 en Asia, 31 mil 191 en Oceanía, y apenas 224 en tierras africanas.
La mayor población electoral peruana en el extranjero está ubicada en la nación estadounidense con 240 mil 565 electores, en segundo lugar se ubica la población residente en España con 123 mil 855 electores, y en tercer lugar figuran los electores de Argentina con 106 mil 665.
Otro grupo importante de electores se ubica en Japón con 30 mil 245 peruanos, también en Italia con 75 mil 203, seguido por Australia con 2 mil 823.
Entre los países con menor cantidad de electores peruanos se encuentran Marruecos con 26, seguido de Egipto con 39, y luego Sudáfrica con 104.
Conforme a la distribución por género, la mayoría de la población electoral son mujeres con 410 mil 326 (54.41 por ciento), mientras que 343 mil 828 (45.59) son varones, situación que se replica en todos los continentes y países.
Todos los datos consignados por la Reniec son obtenidos del padrón electoral y las cifras están referidas al total de ciudadanos aptos para votar.
DNI y las elecciones
Del sufragio
Para efectos del sufragio el ciudadano votará con su Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de peruanos en el exterior, estos, deberán estar registrados en el consulado peruano de su jurisdicción y tener el documento DNI actualizado.
Según la señora Hilda Palermo, cónsul adscrito en el Consulado General del Perú en Miami los que no estén registrados en la sede consular no podrán votar, pues el padrón se cerro el pasado 10 de diciembre, los que necesiten renovar si pueden hacerlo pero hacer ningún cambio en el registro, pero el limite del tiempo no se garantiza que el documento llegue justo a tiempo para las elecciones del próximo 10 de abril.
Los que deseen renovar deben ir al consulado llevando el DNI, 2 fotografías tamaño pasaporte, hacer un pago de 7.50 dólares en el caso de EE.UU.
Dispensa al sufragio
Procede sólo en los siguientes casos: Los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero que, por razones de salud o causa de fuerza mayor, no pueden justificadamente emitir su voto, deben solicitar al Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Oficina Consular una dispensa de sufragio (Art 241º, Ley 26859 del JNE).
Omisos al Sufragio
- Los ciudadanos peruanos que se encuentran en el extranjero y que no han cumplido con realizar su cambio domiciliario están obligados a votar en las Elecciones Municipales o al pago de la multa correspondiente (Art. 240º Ley 26859 del JNE) y los ciudadanos peruanos que han cumplido con realizar su cambio domiciliario están imposibilitados de votar en las Elecciones Municipales, por lo que no están afectos al pago de multa alguna al sufragio municipal (Resolución del Jurado Nacional de Elecciones Nº 470-98-JNE, de 24-07-98).
- Aquellos ciudadanos peruanos que viviendo en el extranjero y se encuentran de paso en el Perú, cuyos documentos de identidad correspondan al domicilio del Perú, abonarán la multa correspondiente y presentarán ante el Jurado Nacional de Elecciones su documento de identidad con el recibo de pago, a fin de que se le adhiera el holograma correspondiente (Of.2056-98-P/JNE de 23-10-98).
- Aquellos ciudadanos peruanos que viviendo en el extranjero y cuyos documentos de identidad correspondan al domicilio del Perú, abonarán la multa correspondiente en la misión consular de su jurisdicción, la misma que deberá entregarle un recibo de pago que podrá ser canjeado en el Jurado Nacional de Elecciones o la oficina consular le hará entrega del holograma directamente a fin de que se adherido en su documento de identidad (Of.2056-98-P/JNE de 23-10-98).
- Aquellos ciudadanos peruanos cuyos documentos de identidad correspondan al domicilio del extranjero por inscripción y/o cambio domiciliario están imposibilitados de votar en Elecciones Municipales y, por tanto, no están obligados al pago de multa alguna (Of.2056-98-P/JNE de 23-10-98).
- Aquellos ciudadanos peruanos que ya cuentan con el Documento Nacional de Identidad (DNI) por cambio domiciliario realizado en el exterior, no abonarán la multa por omisión a la votación por tratarse de elecciones municipales (Of.2056-98-P/JNE de 23-10-98).
- Los mayores de 70 (setenta años) de edad no están obligados a sufragar en comicios electorale.
801-833-2793
Fundadora,Coordinadora Red de Peruanos en Utah*USA*
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Corresponsal Red Democratica del Peru
(1998-2011..)
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Por una política exterior democrática en el Perú